
Destrucción de marca y mercancía en tránsito aduanero
Inhabilitación certificada de productos, marcas y empaques bajo supervisión aduanera y notarial, con disposición final segura de residuos peligrosos por gestores autorizados.
Cuatro frentes de cumplimiento
Aduanero
Baja oficial del inventario y cierre de la operación de importación o tránsito.
Fiscal
Soportes para deducción tributaria o no causación de impuestos sobre la mercancía destruida.
Ambiental
Manejo de residuos peligrosos (RESPEL) por gestores autorizados y trazabilidad documental.
Reputacional
Inhabilitación total de marca, empaques y etiquetas para evitar reventa o falsificación.
6 pasos del proceso de destrucción
Autorización aduanera
Solicitud y autorización ante la autoridad aduanera (DIAN) para destruir mercancía no nacionalizada o que ha perdido su valor comercial.
Aviso anticipado
Notificación a la autoridad competente con al menos 30 días hábiles de anticipación a la fecha programada de destrucción.
Transporte legal
Traslado de la mercancía con los documentos que amparen su transporte hasta el sitio autorizado de destrucción.
Supervisión y testigos
Destrucción en presencia de la autoridad aduanera y de notario público que garantice transparencia e inhabilitación total.
Destrucción física
Trituración, incineración, compactación o molienda hasta dejar la marca y el producto irreconocibles e inservibles.
Disposición final
Aprovechamiento o disposición final de residuos por gestores autorizados, incluyendo RAEE y especiales, con manifiestos de RESPEL cuando aplique.
Alcance normativo de destrucción autorizada
Respaldados por alianza con operador licenciado, procesamos mercancías nacionales y en tránsito aduanero bajo los Anexos I y II del Decreto 4741 de 2005, el Artículo Séptimo de la Resolución CAR 3077 de 2006 y el Estatuto Aduanero Nacional (Decreto 1165 de 2019).
Mercancías no peligrosas nacionales o en tránsito aduanero
Recepción e incineración de productos terminados, materias primas o inventarios de procedencia nacional, o bajo régimen de Tránsito Aduanero —incluyendo abandono a favor de la Nación, decomisos o destrucciones autorizadas por la DIAN— destinados obligatoriamente a destrucción de marca o inhabilitación comercial definitiva.
Operativamente asimiladas bajo las categorías de residuos Tipo 0 y Tipo 1: papel, cartón, textiles ordinarios, plásticos institucionales, calzado, alimentos vencidos o decomisados, entre otros.
Clasificación por tipos de residuos industriales
Altamente combustibles
Papel, carbón, cartón, barreduras de piso comerciales o industriales, basuras con hasta 10 % de bolsas plásticas, revestimientos de papel laminado, cartones tratados, desperdicios aceitosos y fragmentos de caucho.
Mezcla industrial
Desechos vegetales, trozos de fibras, líquidos de limpieza doméstica, madera, papel, barreduras de suelo industriales y basuras con hasta 20 % de su peso en desperdicios de cafetería o restaurante.
Desechos comunes
Mezclas equivalentes de Tipo 1 y Tipo 3 habituales en áreas residenciales o campamentos corporativos.
Desechos de alimentos
Desperdicios vegetales y animales de casinos corporativos, mercados y cocinas.
Residuos biológicos e institucionales
Residuos de animales y humanos, esqueletos y partes orgánicas provenientes de hospitales, clínicas, laboratorios farmacéuticos o mataderos.
Líquidos y lodos industriales
Alquitrán, disolventes, pinturas, lodos químicos y gases tóxicos originados en procesos industriales de manufactura.
Polímeros industriales
Compuestos puros o mezclados de caucho y plástico generados en la operación industrial.
Homologación con corrientes críticas del Decreto 4741 de 2005
Línea textil y confección
Lodos de teñido textil, lodos de lavanderías/tintorerías industriales, hilachas, paños absorbentes e hilos contaminados con sustancias peligrosas.
Línea hidrocarburos y aceites
Lodos aceitosos de procesos petroquímicos, borras de mantenimiento, emulsiones de hidrocarburos con agua y sólidos saturados con aceites/grasas.
Sector salud y químico
Residuos clínicos/hospitalarios, producción farmacéutica caducada o rechazada, desechos de biocidas y disolventes orgánicos no halogenados.
Restricciones y prohibiciones absolutas
El CONTRATANTE debe excluir estrictamente de los despachos los residuos enunciados en el Artículo Octavo de la resolución ambiental. El hallazgo de trazas no autorizadas facultará el rechazo inmediato de la carga.
- PCBs (corriente A3180)
- Pesticidas organoclorados (A4130)
- PVC puro
- Pentaclorofenol (PCP)
- Explosivos
- Radiactivos
- Metales pesados en altas concentraciones
- Halógenos en altas concentraciones
Documentación que su empresa recibe
Toda destrucción genera soportes oficiales para sus áreas de comercio exterior, contabilidad, calidad y ambiental.
- Acta de hechos firmada por la autoridad y el fedatario público
- Certificado de destrucción con cantidad, peso, volumen y descripción
- Manifiestos de transporte y disposición de residuos peligrosos (RESPEL)
- Registro fotográfico y/o videográfico del proceso
- Soportes para baja de inventario y deducción tributaria
- Certificado ambiental de aprovechamiento o disposición final (incluye RAEE cuando aplique)
¿La mercancía es residuo peligroso?
Si la mercancía a destruir presenta alguna de estas características, su manejo se rige por la normativa de residuos peligrosos y debe gestionarse con empresas autorizadas.
Corrosivo
Sustancias que dañan tejidos vivos o materiales por reacción química.
Reactivo
Reaccionan violentamente o liberan gases tóxicos en condiciones normales.
Explosivo
Liberan energía de forma súbita generando presión y calor.
Tóxico
Causan daño a la salud humana o al ambiente por exposición.
Inflamable
Se encienden con facilidad y propagan el fuego rápidamente.
Biológico-infeccioso
Contienen agentes patógenos capaces de causar enfermedades.
Aplicable a múltiples sectores
Acompañamos a importadores, marcas, operadores logísticos, depósitos aduaneros y zonas francas en la inhabilitación segura de productos.
Tipos de mercancía que destruimos
- Productos vencidos, obsoletos o fuera de especificación
- Mercancía no nacionalizada o decomisada
- Cosméticos, alimentos y bebidas no aptas para consumo
- Medicamentos vencidos y dispositivos médicos
- Textiles, calzado y accesorios con marca
- Electrónicos, electrodomésticos y aparatos eléctricos defectuosos (RAEE)
Riesgos de no destruir formalmente
Circulación ilícita de productos, falsificación, daño reputacional, sanciones aduaneras, tributarias y ambientales, y responsabilidad por disposición inadecuada de residuos peligrosos.
Programe la destrucción de su mercancía
Coordinamos autorización, transporte, supervisión, destrucción física y disposición final con la documentación completa para sus áreas aduanera, fiscal y ambiental.
